
El Parlamento Europeo aprobó por 546 votos a favor, 47 en contra y 31 abstenciones una nueva ley, acordada con el Consejo el 30 de noviembre de 2023. Su objetivo es garantizar que las personas y organizaciones que trabajan en asuntos de interés público como los derechos fundamentales, las acusaciones de corrupción, la protección de la democracia o la lucha contra la desinformación estén protegidos en la Unión frente a demandas infundadas y abusivas. La protección se aplicará en todos los casos transfronterizos, excepto cuando tanto la persona demandada como la demandante estén domiciliadas en el mismo Estado miembro que el tribunal o cuando el caso solo sea relevante para un Estado miembro.
Salvaguardias financieras disuasorias
Los eurodiputados se han asegurado de que las víctimas estén mejor protegidas mediante dos salvaguardias nuevas: la desestimación temprana de la demanda si el caso es infundado y la posibilidad de solicitar al demandante que asuma el coste estimado del procedimiento —incluida la representación legal del demandado— y los posibles daños. Si la persona demandada solicita una desestimación temprana, corresponderá a quien inicia el litigio probar que hay motivos para continuar el procedimiento. El tribunal también puede imponer otras sanciones a los demandantes, que a menudo son políticos, corporaciones o grupos de interés, como ordenarles que paguen una indemnización por daños y perjuicios.
Vías de recurso para casos de fuera de la UE y acceso a la información
Para evitar casos de búsqueda de foros de conveniencia —cuando la persona demandante elige la jurisdicción en la que tiene más posibilidades de éxito—, las nuevas normas garantizan que no se reconozcan las sentencias emitidas en terceros países sobre procedimientos infundados o abusivos contra personas o instituciones de la UE.
Los Gobiernos de la UE también se asegurarán de que las posibles víctimas de demandas abusivas puedan acceder a toda la información sobre garantías procesales y vías de recurso en un mismo sitio, inclusive sobre asistencia jurídica y apoyo financiero y psicológico. Los Estados miembros velarán por que se preste asistencia jurídica gratuita en los procedimientos civiles transfronterizos. También deben publicar todas las sentencias definitivas sobre casos de demandas estratégicas contra la participación pública y recopilar datos detallados sobre ellas.
Declaración del ponente
Tras la votación en el Pleno, el eurodiputado Tiemo Wölken (S&D, Alemania) declaró: «Las demandas estratégicas contra la participación pública en la UE son una amenaza para el Estado de derecho y socavan seriamente los derechos fundamentales a la libertad de expresión, información y asociación. Constituyen una forma de acoso legal y un abuso del sistema judicial, al que cada vez recurren más personas y organizaciones poderosas para eludir el escrutinio público. Nadie debería aprovecharse así de nuestros tribunales en beneficio propio. Esta Directiva ayudará a combatir las demandas estratégicas y evitar que la gente use los tribunales para intimidar a los periodistas y activistas e impedir que divulguen información, imponiendo una especie de autocensura».
Próximos pasos
La Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los Estados miembros dispondrán de dos años para incorporar las normas a sus sistemas nacionales.
Contexto
Dado que las demandas estratégicas contra la participación pública en la UE van en aumento, la Eurocámara propuso en una resolución de 2021 medidas para proteger a periodistas, medios de comunicación y activistas contra el acoso legal.
Al aprobar esta ley, la Eurocámara responde a las propuestas ciudadanas recogidas en las conclusiones de la Conferencia sobre el Futuro de Europa: sobre la lucha contra la desinformación y la propaganda [propuesta 23 (5)]; sobre el desarrollo de una política más eficaz y unificada hacia regímenes autocráticos e híbridos y el desarrollo de asociaciones con organizaciones de la sociedad civil [24 (8)]; sobre la introducción de legislación que aborde las amenazas a la independencia de los medios de comunicación [27 (1)], y sobre la aplicación estricta de las normas de competencia de la Unión en el sector de los medios de comunicación [27 (2)].