Adoptando por unanimidad la Resolución 2571 (2021), el Consejo de Seguridad amplía las medidas contra las exportaciones ilícitas de petróleo de Libia, Mandato del Panel de Expertos

Los delegados también aprueban las modalidades para el nuevo mecanismo de vigilancia del alto el fuego de propiedad libia, adoptando por unanimidad la resolución 2570 (2021)

El Consejo de Seguridad, al aprobar hoy dos resoluciones mediante su procedimiento de silencio escrito, amplió la autorización de medidas contra la exportación ilícita de petróleo crudo y otros productos petrolíferos desde Libia, así como el mandato del panel de expertos que ayuda a supervisarlas, al tiempo que aprueba modalidades para un nuevo mecanismo de vigilancia de la cesación del fuego dirigido por libios y de propiedad libia.

Al aprobar por unanimidad la resolución 2571 (2021) , el Consejo de 15 miembros, actuando de conformidad con el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, decidió prorrogar la autorización de las medidas impuestas anteriormente contra la exportación ilícita de petróleo crudo y otros productos del petróleo desde Libia hasta el 30 de julio. 2022. Entre otras cosas, instó a todos los Estados miembros a cumplir cabalmente con el embargo de armas impuesto en febrero de 2011 y a no intervenir en el conflicto en el país norteafricano.

El Consejo pidió además a todas las partes que aplicaran el acuerdo de alto el fuego firmado en Ginebra el 23 de octubre de 2020 e instó a los Estados miembros a respetar y apoyar la plena aplicación de ese texto, incluso mediante la retirada de todas las fuerzas extranjeras y mercenarios de Libia sin demora.

Según los términos del texto, el Consejo también renovó el mandato del Grupo de Expertos que prestan asistencia al comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1970 (2011) relativa a Libia hasta el 15 de agosto de 2022. Ese Grupo debe presentar un informe provisional a más tardar el 15 de agosto de 2022. Diciembre de 2021, seguido de un informe final a más tardar el 15 de junio de 2022 con sus hallazgos y recomendaciones.

Además, el Consejo aprobó por unanimidad la resolución 2570 (2021) , mediante la cual aprobó arreglos para un mecanismo de vigilancia de la cesación del fuego dirigido por libios y de propiedad libia, incluido el despliegue de supervisores de las Naciones Unidas cuando las condiciones lo permitan, al tiempo que destaca el mandato de la Organización de apoyar las autoridades libias en la preparación de las elecciones cruciales de diciembre.

Los miembros tomaron nota de un informe reciente del Secretario General António Guterres sobre los arreglos de supervisión de la cesación del fuego sugeridos en Libia y aprobaron su propuesta sobre la composición y los aspectos operativos del componente de supervisión de la cesación del fuego. Solicitaron a la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas en Libia (UNSMIL) que apoyara a la “Comisión Militar Conjunta 5 + 5” de alto nivel y al mecanismo de supervisión de la cesación del fuego de propiedad libia, con el objetivo de aplicar plenamente el acuerdo de cesación del fuego del 23 de octubre del país. Todos esos términos están en consonancia con la resolución 2542 (2020), en la que el Consejo decidió que la UNSMIL debería ayudar a lograr una cesación del fuego y brindar el apoyo adecuado para su aplicación.

En otros términos de esa resolución, el Consejo subrayó la necesidad de que la Comisión 5 + 5 siga desarrollando sus planes para el mecanismo de vigilancia de la cesación del fuego, incluida la participación significativa de las mujeres; el calendario, el tamaño y el despliegue geográfico del componente de vigilancia de la cesación del fuego de la UNSMIL; hitos claros; el estado final esperado; y arreglos de seguridad para asegurar los monitores de alto el fuego. También señaló que los Estados Miembros y las organizaciones regionales pueden brindar apoyo al mecanismo de vigilancia de la cesación del fuego mediante el suministro de supervisores individuales y recursos en especie o financieros.

Además, los miembros dieron la bienvenida al Consejo de la Presidencia interino y al Gobierno interino de Unidad Nacional como las entidades encargadas de llevar a Libia a las elecciones nacionales del 24 de diciembre. Exhortó al Gobierno provisional a que hiciera los preparativos necesarios para unas elecciones presidenciales y parlamentarias nacionales libres, justas e inclusivas en esa fecha, y que asegurara la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres y la inclusión de los jóvenes.

El Consejo expresó su intención de examinar los progresos realizados en el despliegue de los supervisores de la cesación del fuego de la UNSMIL antes del 15 de septiembre de 2021. Pidió al Secretario General que consultara al Consejo sobre cualquier aumento del número máximo inicial de supervisores de la cesación del fuego y que incluyera en su informe periódico actualizaciones sobre el apoyo electoral de la UNSMIL, la implementación del alto el fuego, los avances del mecanismo de monitoreo, el despliegue de monitores y los criterios para su eventual salida.

[Las resoluciones del Consejo de Seguridad se adoptan actualmente mediante votación de procedimiento escrito bajo medidas temporales, extraordinarias y provisionales implementadas en respuesta a la pandemia de COVID-19, según lo establecido en una carta (documento S / 2020/253 ) de su Presidente para marzo de 2020 ( Porcelana).]

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